Se podrán presentar proyectos hasta el 11 de noviembre, se seleccionarán 30 proyectos de radio que serán adjudicatarios de $ 20.000 cada uno y 30 proyectos audiovisuales que recibirán $ 30.000
Buenos Aires.- En su última reunión de directorio, la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) aprobó la puesta en marcha y llamado a concurso para la segunda edición del Fondo de Fomento para Medios de Comunicación Audiovisual (FOMECA), destinado a la promoción de medios sin fines de lucro y Pueblos Originarios.
En esta oportunidad, sobre un fondo total de $ 1.500.000, el AFSCA seleccionará 30 proyectos de radio que serán adjudicatarios de $ 20.000 cada uno y 30 proyectos audiovisuales que recibirán $ 30.000. Los fondos están destinados a fortalecer la producción de contenidos, a través de la elaboración de programas radiales, y para la generación de campañas de bien público en el caso de los audiovisuales.
La presentación de proyectos podrá realizarse hasta el 11 de noviembre próximo, y los interesados podrán acceder a las bases y condiciones, y al formulario único de inscripción, en la página web del organismo (www.afsca.gob.ar). También funcionará una mesa de ayuda virtual en la que se atenderán las consultas a través del correofondoconcursable@afsca.gob.ar
Recientemente, se llevó a cabo la primera edición del Fondo Concursable, destinada a fortalecer emisoras de radio sin fines de lucro y de Pueblos Originarios, y de la que resultaron seleccionados 23 proyectos de todo el país, entre quienes se destinaron un total de más de $ 3.000.000.
El FOMECA se crea en cumplimiento de lo establecido por la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisuales en su artículo 97 inciso f, con el objetivo de apoyar la diversidad de la expresión de la cultura popular, la identidad y los valores de los Pueblos Originarios, mediante la creación de contenidos de calidad.
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martes, 15 de octubre de 2013
jueves, 10 de octubre de 2013
Celebración por los cuatro años de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
Se entregarán licencias, autorizaciones, habilitaciones recientemente adjudicadas y se formalizará la entrega de subsidios a los ganadores del FOMECA
El evento se realizará a las 11, en el Auditorio de Cultura en Tecnópolis, Av. Gral Paz y Constituyentes, Villa Martelli. Se entregarán licencias, autorizaciones y habilitaciones recientemente adjudicadas. Además se otorgarán subsidios a los ganadores del FOMECA, y se firmarán convenios para continuar la aplicación integral de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
miércoles, 10 de julio de 2013
El AFSCA pidió la inconstitucionalidad de la “ley de medios” de Macri
La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) se presentó ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal para solicitar que se declare la inconstitucionalidad de la Ley Nº 4.565 de la Ciudad de Buenos Aires, que establece el recorte de facultades del organismo que preside Martín Sabbatella en la regulación de los servicios de comunicación audiovisual en el territorio porteño.
En ese marco, la AFSCA requirió particularmente que se declare la inconstitucionalidad de 19 artículos de la norma y la inmediata suspensión de los efectos de los mismos a través del dictado de una medida cautelar.
En contraposición con lo expresado por el Jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, quien impulsó la ley con la presunta intención de “resguardar la libertad de expresión”, la AFSCA señala que “las declaraciones efectuadas por la Legislatura local en torno a la libertad de expresión vienen a intentar encubrir el fin real perseguido por la ley: obstaculizar la aplicación de la Ley Nº 26.522”. En ese sentido, el organismo nacional argumenta que la norma de la Ciudad busca satisfacer ilegítimamente la clara necesidad del Grupo Clarín.
El texto agrega que “las libertades de imprenta, prensa y expresión están cabalmente tuteladas por la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales incorporados a ella” y particularmente por el propio texto de la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), cuya eficacia se busca derogar en la Ciudad de Buenos Aires.
Entre sus cuestionamientos, el organismo federal sostiene que la norma porteña derogaría implícitamente la LSCA cuando dispone, en su artículo 17, que los licenciatarios domiciliados en la Ciudad queden exceptuados del cumplimiento de aquellas normas de defensa de la competencia “dictadas exclusivamente para medios de comunicación”, como es el caso de la 26.522.
El pedido presentado por la AFSCA, se funda en el artículo 31 de Supremacía Constitucional de la Carta Magna, que establece que “esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella”.
Además, la AFSCA recordó que existen diversos antecedentes en los que la propia Corte Suprema ha expresado que “las cuestiones de comunicación, son federales y que ninguna norma local puede regularlas”.
En ese marco, la AFSCA requirió particularmente que se declare la inconstitucionalidad de 19 artículos de la norma y la inmediata suspensión de los efectos de los mismos a través del dictado de una medida cautelar.
En contraposición con lo expresado por el Jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, quien impulsó la ley con la presunta intención de “resguardar la libertad de expresión”, la AFSCA señala que “las declaraciones efectuadas por la Legislatura local en torno a la libertad de expresión vienen a intentar encubrir el fin real perseguido por la ley: obstaculizar la aplicación de la Ley Nº 26.522”. En ese sentido, el organismo nacional argumenta que la norma de la Ciudad busca satisfacer ilegítimamente la clara necesidad del Grupo Clarín.
El texto agrega que “las libertades de imprenta, prensa y expresión están cabalmente tuteladas por la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales incorporados a ella” y particularmente por el propio texto de la Ley Nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), cuya eficacia se busca derogar en la Ciudad de Buenos Aires.
Entre sus cuestionamientos, el organismo federal sostiene que la norma porteña derogaría implícitamente la LSCA cuando dispone, en su artículo 17, que los licenciatarios domiciliados en la Ciudad queden exceptuados del cumplimiento de aquellas normas de defensa de la competencia “dictadas exclusivamente para medios de comunicación”, como es el caso de la 26.522.
El pedido presentado por la AFSCA, se funda en el artículo 31 de Supremacía Constitucional de la Carta Magna, que establece que “esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ella”.
Además, la AFSCA recordó que existen diversos antecedentes en los que la propia Corte Suprema ha expresado que “las cuestiones de comunicación, son federales y que ninguna norma local puede regularlas”.
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Buenos Aires, Argentina
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